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La reforma de la Ley General Tributaria amplía las potestades de comprobación e investigación, regulando el derecho a comprobar las obligaciones tributarias en el caso de ejercicios prescritos.

Se fija un nuevo plazos de 18 meses para el procedimiento de inspección, ampliable a 27 meses en supuestos de especial complejidad. A la vez se contemplan limitadas causas de suspensión.

Se suspende el plazo del procedimiento sancionador cuando se solicite tasación pericial contradictoria.

Será sancionable la obtención de un ahorro fiscal mediante actos que ya han sido declarados por la Administración como de conflicto en la aplicación de la norma tributaria.

Se modifica el régimen de estimación indirecta de bases.

Se autoriza la publicación de listados de obligados tributarios con deudas y sanciones pendientes superiores a un millón de euros, salvo que se encuentren aplazadas o suspendidas.

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Autor: Antonio Villoro Murciano

 

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