Rehabilitación de los elementos comunes: un beneficio para todos
Un mantenimiento deficiente de los edificios se traduce en un deterioro del espacio público. Por eso, rehabilitar la estructura global del edificio y adoptar medidas de eficiencia energética mejoran el bienestar y la calidad de vida de las personas.
Este 2017 el Ayuntamiento destinará 46,6 millones de euros del presupuesto municipal a subvenciones en materia de rehabilitación. Este fondo servirá para contribuir a hacer frente a los gastos de rehabilitación de viviendas y edificios, para que sean saludables y eficientes.
La nueva convocatoria de ayudas a la rehabilitación 2017 para la ciudad de Barcelona busca reparar las patologías estructurales y los elementos comunes de los edificios para conseguir, de este modo, que sean seguros, accesibles y energéticamente sostenibles.
El objetivo es fomentar la rehabilitación del parque de edificios existente, con especial atención a las obras de rehabilitación energética.
¿Quieres saber cómo solicitar las ayudas a la rehabilitación de edificios?
¿Quién puede pedir esta ayuda?
- Quien presida la comunidad de propietarios y propietarias
- Quien administre el edificio o lo tenga en propiedad
¿Qué edificios o viviendas pueden beneficiarse?
- Los edificios deben estar, en términos generales, destinados a vivienda habitual permanente y construidos antes de 1992, excepto en casos de obras de mejora de la accesibilidad y para actuaciones de eficiencia energética.
El 70 % de la superficie del edificio (excluida la planta baja) debe estar destinada a vivienda habitual. En caso de no llegar al porcentaje mencionado, únicamente se podrán acoger a las ayudas en la parte proporcional de subvención en función de la superficie.
- Los edificios de viviendas vacías se podrán acoger a las ayudas siempre que, una vez rehabilitados, se incorporen en la Bolsa de Alquiler Social por un periodo no inferior a cinco años.
¿Cuáles son los programas y subvenciones?
- Mejorar cualquier daño del edificio que pueda afectar a la solidez y la seguridad de este, con obras de sustitución y de refuerzo
Obras no estructurales
- Fachadas, patios, patios de luces, cubiertas, medianeras, escaleras, vestíbulos
Accesibilidad
- Instalación de ascensores en aquellos edificios que no dispongan de estos
- Supresión de los desniveles en el acceso desde la calle a los vestíbulos de los edificios
- Reformas constructivas que comporten el derribo, ensanchamiento o adecuación de puertas o pasillos
- Mejora de las condiciones de accesibilidad a los ascensores existentes
- Construcción de rampas o de aparatos elevadores (plataformas elevadoras verticales)
Obras de instalación
Eliminación de todos los elementos con materiales obsoletos o en mal estado de la antigua instalación, que presenten un riesgo para las personas o los edificios o que no se adapten a la normativa vigente.
- Red de saneamiento
- Red de suministro de agua
- Red eléctrica
- Red de gas canalizado
- Unificación de las antenas de televisión
- Reordenación de los aparatos de aire acondicionado
- Instalación contra incendios
¿Cómo solicitar la ayuda?
Entregando la documentación:
- Presupuesto
- ITE (inspección técnica de los edificios)
- Certificado energético
- Certificado de accesibilidad
- Acuerdo de la comunidad de propietarios
¿Cuáles son los plazos para solicitar la ayuda?
En un mes, como muy tarde, el consorcio concertará una visita y redactará un informe técnico donde se señalarán las condiciones para poder optar a la subvención y las cantidades máximas que se podrán recibir.
En caso de informe favorable, hay que presentar el impreso de solicitud de ayudas y de comienzo de las obras, que deben iniciarse en un plazo máximo de 6 meses.