El 4 de diciembre del año 2017 es la fecha límite, fijada por el Real Decreto 1/2013, para que las comunidades de propietarios hayan llevado a cabo las obras o actuaciones necesarias que garanticen que las personas con discapacidad puedan acceder a todos los espacios comunes de los edificios existentes.
Desde el Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Tarragona (COAATT) y La Fundación Tarragona Unida, le recuerda que esta normativa exige mejorar el acceso y eliminar las barreras arquitectónicas en todas las zonas comunes de la vivienda, lo que supondrá un esfuerzo económico de los propietarios pero sin implicar una carga desproporcionada. Asimismo, la normativa también impone un límite en el pago de la eliminación de las barreras arquitectónicas: 12 mensualidades de los gastos de la comunidad.
En los casos que no se pueda asumir el coste de las obras, se podrá admitir para determinados usos, soluciones alternativas que permitan la máxima accesibilidad posible. La no ejecución de las obras necesarias podría suponer una sanción a la comunidad de propietarios, que figuran como responsables de cumplir con las condiciones de accesibilidad.
En cuanto a la ejecución de las obras, el COAATT advierte que se debe llevar a cabo de manera diligente, así pues se establece un plazo de un año si se trata de obras menores y de dos años si se trata de obras más grandes, desde la fecha de notificación del acuerdo de la comunidad de propietarios. El plazo se podrá ampliar si el coste que suponen las obras superan el 33% de los ingresos de la unidad familiar. Además, los ingresos familiares deberán estar por debajo de 2,5 veces el indicador de renta de suficiencia de Cataluña o el índice que lo sustituya.
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