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El IBI es el impuesto de bienes inmuebles que se paga en todas las comunidades autónomas a partir del mes de Enero, aunque dependiendo de cada una de ellas podemos hacer pagos fraccionados o pagar dentro del calendario fiscal fijado. En esta ocasión os hablamos de cuánto y como se paga el IBI en Barcelona así de las fechas en las que tendremos que pagarlo.

¿Qué es el IBI y cómo se liquida?

IBI son las siglas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Se trata de un impuesto directo que grava la titularidad y derechos reales que una persona pueda tener sobre cualquier bien inmueble. Afecta de igual manera a inmuebles urbanos, rústicos o con características especiales. Se trata de un impuesto directo y tiene carácter local. Es decir, se gestiona a través de los respectivos ayuntamientos de la localidad en la cual se encuentre el inmueble.
Para clasificar los bienes inmuebles se recurre al Catastro. Este órgano tiene la potestad de clasificación. Se trata de un censo estadístico de los bienes inmuebles que presenta una población determinada. Contiene todas las descripciones pertinentes del inmueble; tanto físicas, jurídicas y económicas. Distinguiendo entre lo que serían propiedades rústicas y propiedades urbanas. Es la fuente de los derechos reales que obtienen los titulares de los bienes inmuebles. Por este motivo se recurre al Catastro.
En definitiva, el hecho imponible del impuesto es la mera posesión de un bien de naturaleza inmobiliaria. Es totalmente independiente si se tiene una participación en la propiedad y cuál sea, también la forma jurídica que se ostente. La posesión se acredita mediante el mencionado Catastro. Si la propiedad fuera múltiple, siempre se considera un reparto equitativo entre los titulares. Salvo que se trate de un reparto porcentual.
Forman parte del hecho imponible los derechos reales especiales que el titular pueda ostentar sobre el bien inmueble, a saber:

  • Las concesiones administrativas que puedan tener los propios inmuebles o los servicios públicos que les afecten
  • Los derechos reales de superficie
  • Derechos reales de usufructo. Bien sean las rentas vitalicias temporales o indefinidas
  • El derecho de la propiedad que no se encuentra reflejado en la escritura pública pero sí que se encuentra admitido por el Catastro.
  • El impuesto devenga el uno de enero de cada ejercicio fiscal. Nace la obligación tributaria del titular en esa fecha. La base imponible del impuesto es el valor que se encuentra asignado en el Catastro según sus criterios. La Ley de Haciendas locales fija unos tipos de gravámenes mínimos y máximos, a los cuales se deberá ajustar.

Además la propia Ley de Haciendas Locales tiene contemplado el que se puedan modular los impuestos, pudiendo en este caso establecer exenciones adicionales o aplicar coeficientes reductores.
Su recaudación corresponde a los distintos ayuntamientos y en realidad genera alrededor del 50% de los ingresos disponibles de los mismos. Por este motivo, veremos hoy cómo se aplica y cuándo se paga el IBI en Barcelona en este 2018.

IBI 2018 en Barcelona

Si tienes una vivienda o inmueble de propiedad en Barcelona (o en cualquier otra ciudad o comunidad de España),estás obligado al pago del conocido como Impuesto sobre Bienes e Inmuebles, tributo de carácter municipal que se debe abonar anualmente.
Para el pago del IBI, la ley establece una normativa general y unos gravámenes que pueden ir aumentado, o no, dependiendo de cada consistorio y de modo que se puedan adaptar a las necesidades de recaudación y a las condiciones de la región que se presenten de año en año. El cálculo del IBI se realiza a través del valor catastral, el mismo valor que Hacienda utiliza para calcular las imputaciones de rentas inmobiliarias, que se pagan en la declaración de la renta.
A partir de aquí, podemos deciros que se prevé una bajada catastrla en un 47% de los inmuebles en Barcelona para este 2018. Actualmente los ciudadanos están pagando una media de 100 euros más por el IBI.
Por tanto el IBI no subirá en Barcelona para este 2018 entrante en el caso de inmuebles que aumenten su valor catastral. Bajando el impuesto para aquellos en los que sí que se produzca una bajada del mismo. Así mismo, hay que añadir que Barcelona es una de las ciudades con un IBI más caro, con una media de 116,57)
De todos modos, el cambio en el impuesto se establece debido a la modificación del valor catastral de los inmuebles, manteniéndose los límites impuestos mediante la Ordenanza Fiscal. Estos límites son los siguientes:

Viviendas:

  • Valor catastral hasta 60.000 € 4%
  • Valor catastral hasta 60.000 € 6%

Aparcamientos

  • Valor catastral hasta 15.000 € 10%
  • Valor catastral hasta 15.000 € 20%

Resto de usos

  • Valor catastral hasta 60.000 € 10%
  • Valor catastral hasta de 60.000 € 20%

Bonificiaciones en el pago del IBI en Barcelona:

A lo que os hemos explicado tenemos que añadir que en algunos casos concretos, se puede solicitar un descuento en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Se contemplan los siguientes casos:

  • Los inmuebles de nueva construcción y obras de rehabilitación integral.
  • Las viviendas de protección oficial (VPO).
  • Sujetos pasivos que tengan la condición de titulares de familias numerosas, para su domicilio habitual. A estos efectos, se entenderá como domicilio habitual aquél en el que figure empadronado el sujeto pasivo a fecha 1 de enero del año en curso.
  • Inmuebles de organismos públicos de investigación y los de enseñanza universitaria, siempre que estén directamente afectos a la investigación o enseñanza universitaria.
  • Bienes inmuebles dedicados a vivienda, en los que se haya instalado sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. No se concederá la bonificación cuando la instalación de los sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol sean obligatorias, de acuerdo con la normativa específica en la materia.
  • Bienes inmuebles de propiedad municipal que, no estando incluidos en ningún supuesto de no sujeción o de exención, estén destinados a las actividades propias de las instalaciones deportivas, los centros cívicos y otros equipamientos municipales y siempre que sean declarados de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales o culturales que justifiquen tal declaración.

Además, se Aplicarán bonificaciones municipales (que serán compatibles con cualquier otra que beneficie el mismo inmueble), según los usos y los tramos, para evitar que las cuotas a pagar aumenten por encima de los porcentajes siguientes:

  • -4% En viviendas con valor catastral hasta 60.000 euros.
  • -6% En viviendas con valor catastral de más de 60.000 euros.
  • -10% En aparcamientos con valor catastral hasta 15.000 euros.
  • -20% En aparcamientos con valor catastral de más de 15.000 euros.
  • -10% En todas las otras actividades, servicios y solares con valor catastral hasta 60.000 euros.
  • -20% En todas las otras actividades, servicios, y solares con valor catastral de más de 60.000 euros.

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