Entre las preguntas más frecuentes en las comunidades de propietarios se suele encontrar una pregunta sobre quién tiene acceso a la cuenta bancaria de la comunidad de vecinos, y quien puede actuar en representación de dicha cuenta.
Las comunidades de propietarios a pesar de abstenerse en contar con una personalidad jurídica, sí que pueden ser titulares de cuentas bancarias. Es más, las comunidades de propietarios necesitan esa cuenta para funcionar en el día a día, ya sea para pagar facturas, etcétera.
A continuación, desde AVM Lex Fincas te explicamos quién tiene acceso a la cuenta bancaria de una comunidad de vecinos y un par de consejos a tener en cuenta.
¿Que hay que tener en cuenta para abrir una cuenta bancaria?
Si tú comunidad de propietarios desea abrir una cuenta bancaria, hay una serie de consejos que es importante tener en cuenta para que después no surja ningún problema.
- Abrir la cuenta bancaria en una oficina cercana al inmueble.
- Fijarse en las comisiones que el banco pueda llegar a cobrar por la cuenta.
- Revisar todos los términos y condiciones.
- Tener la posibilidad de una plataforma online desde la que se puedan realizar operaciones y gestiones.
¿Quién se encarga de gestionar la cuenta bancaria de la comunidad de propietarios?
El presidente o presidenta de la comunidad de propietarios se trata de una figura que debe representar legalmente a todos los propietarios y residentes de una comunidad.
Entre las tantas responsabilidades de un presidente, una de ellas se trata de gestionar y administrar la cuenta bancaria de la comunidad de propietarios.
¿Qué comisiones pueden afectar a la cuenta bancaria de una comunidad de vecinos?
Una gran mayoría de bancos cobran comisión a las comunidades de propietarios por la cuenta bancaria. Los servicios más comunes por los que suelen cobrar comisión suelen ser transferencias y domiciliaciones.
¿El banco puede bloquear la cuenta de la comunidad?
Es posible que el banco decide bloquear la cuenta de una comunidad de propietarios, normalmente suele ser debido a una de las siguientes 3 razones:
- Si existen razones para pensar que el cargo de presidente de la comunidad haya sido anulado.
- En el caso de que haya habido lugar una nombración de nuevos representantes y no se haya tramitado la información a la entidad bancaria.
- Cuando haya habido discrepancias significativas en la comunidad de propietarios.
¿Quién puede tener acceso a la cuenta bancaria de la comunidad?
Siempre que exista un motivo justificado, cualquier propietario puede acceder a la cuenta bancaria de la comunidad de propietarios.
A no ser que se trate de un motivo justificado, ningún propietario puede disponer libremente y en cualquier momento acceso a los datos de la cuenta bancaria.
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